El pasado lunes 3 de enero, se publicó en el BOE las ayudas a la compra de vehículos eléctricos en España, dentro del Programa de Ayudas del IDAE para la Adquisición y Uso de Vehículos Eléctricos.
La movilidad eléctrica ya es una realidad. Los primeros modelos de las marcas más conocidas ya han llegado al mercado. Ahora le ha llegado el momento a la administración pública crear un incentivo que facilite la introducción de estos vehículos eléctricos en el mercado que a medida que sus costes vayan bajando se irán eliminando estas ayudas proporcionalmente.
A día de hoy, primeros de 2011, los vehículos eléctricos rondan sin ayudas los 30.000 €, aproximadamente según modelos. Después de la ayuda muchos de estos quedarán por debajo de los 24.000 €.
Hay que decir, que algunas marcas de automóviles, promocionan la venta del vehículo sin baterías. Es decir, te ofrecen la compra de un vehículo eléctrico por orden de los 12.000 € y las baterías te las alquilan a modo de una cuota mensual. Aparte el consumo eléctrico que lleve el coche.
Esta batería quedará bajo la garantía de la marca y todo su mantenimiento, por lo que el usuario sólo tendrá que preocuparse de recargar el vehículo de electricidad. (Ya lo vimos en este post)
Sumando todas estas acciones, los Presupuestos del Estado en 2011 pondrán a disposición del vehículo eléctrico 255 millones de euros.
Estandarización y normalización
El Plan de Acción incluirá acciones para avanzar en la fijación de estándares, normativas y reglamentos que permitan crear un entorno para el vehículo eléctrico en coherencia con lo que se está haciendo a nivel europeo. En España AENOR ha constituido diferentes grupos de trabajo para crear estándares de normalización y homologación del vehículo eléctrico que previsiblemente acaben su tarea en marzo de 2011.
Por otro lado, el ministro señaló que la normativa para fijar la “tarifa de acceso supervalle” y la regulación de la figura del gestor de carga de energía eléctrica está ya siendo analizada por el Consejo de Estado.
1. Podrán ser objeto de ayuda los vehículos nuevos de las siguientes categorías: motocicletas, cuadriciclos pesados, turismos o comerciales de menos de 6.500 kg de MMA (masa máxima autorizada) y microbuses, y que, a su vez, dispongan de las siguientes tecnologías:
- Vehículos eléctricos (BEV): Los alimentados exclusivamente a partir de baterías recargables de la red general eléctrica.
- Vehículos híbridos enchufables (PHEV): Aquéllos que, entre sus distintos modos de funcionamiento, disponen también de capacidad de tracción únicamente eléctrica, con una capacidad de acumulación de energía en las baterías mediante alimentación de la red general eléctrica, tal que la autonomía en el modo sólo eléctrico sea superior a los 20 km.
- Vehículos eléctricos de autonomía ampliada (REEV): Aquéllos que disponen de capacidad de tracción únicamente eléctrica y que, con independencia de la posibilidad de recarga de sus baterías mediante diferentes fuentes, cuando lo sean únicamente a partir de la red general de energía eléctrica, a plena carga, su autonomía sea superior a los 20 km.
2. Los vehículos susceptibles de ser apoyados en el marco del presente Programa deberán figurar en un catálogo de vehículos (Catálogo MOVELE) que, a tal efecto, se mantendrá actualizado y publicado en la página web de IDAE (www.idae.es):
3. No serán incentivables los denominados vehículos km 0, de gerencia, seminuevos o de similares condiciones.
Los grupos de trabajo constituidos para crear estándares de normalización y homologación del vehículo eléctrico en línea con lo previsto a nivel europeo concluirán su labor en marzo de 2011.
Más información:
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Las de Castilla y León en: http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181055331/_/1284152304914/Propuesta