logotrans_Energetica_Futura_2017 peqlogotrans_Energetica_Futura_2017 peqlogotrans_Energetica_Futura_2017 peqlogotrans_Energetica_Futura_2017 peq
    • Panorama
    • Solar fotovoltaica
    • Ahorro y eficiencia
    • Movilidad eléctrica
    ✕

    Nuevo plan PIVE 4 para compra de vehículos eficiente

    5 noviembre 2013
    Categorías
    • Movilidad eléctrica
    • Panorama
    Etiquetas
    • Noticias
    • Red Electrica
    • Vehiculos Electricos

    El Ministerio de Industria, Energía y Turismo puso en marcha el pasado martes 29 de octubre de 2013, el nuevo plan PIVE 4, que apoyará la compra de vehículos eficientes con 70 millones de euros. Tiene por objetivo la sustitución de otros 70.000 turismos y comerciales ligeros y favorecer la compra de vehículos con menores consumos de combustible. La adquisición de estos vehículos recibirá un apoyo económico de hasta 3.000 euros, al igual que en las convocatorias  anteriores, aportados a partes iguales por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y por el fabricante o punto de venta. Como novedad contarán con esta ayuda personas discapacitadas con movilidad reducida que adquieran un vehículo adaptado.

    El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 830/2013 con las bases reguladoras de la  cuarta convocatoria del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE 4) después de que la elevada demanda de la edición anterior haya agotado los más de 70 millones de euros de fondos disponibles, dos meses y medio después de su aprobación a finales de Julio. En total, el Gobierno ha destinado 365 millones de euros a las cuatro convocatorias de este Programa de incentivos a la compra de vehículos de mayor eficiencia energética que lograrán la  sustitución de cerca de 365.000 vehículos y unos ahorros anuales de 127 millones de litros de combustible y reducirán las emisiones en 262 mil  toneladas de CO2.

    Beneficiarios y  cuantía de las ayudas

    Podrán beneficiarse de las ayudas del Plan PIVE 4 particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES. El beneficiario obtendrá la subvención directamente mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo, que deberá estar adherido al Plan mediante un procedimiento regulado y publicado en la página web www.idae.es. Aquellos concesionarios ya adheridos a la tercera convocatoria, lo estarán automáticamente en esta cuarta. Los ciudadanos podrán consultar el listado de establecimientos adheridos en esa misma página.
    La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de 1.000 euros por vehículo, a los que se sumará el descuento que ha de aplicar el fabricante o punto de venta del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de otros 1.000 euros.
    Para el caso de familias numerosas y exclusivamente para vehículos con más de cinco plazas y para las personas discapacitadas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados, se eleva la ayuda pública a 1.500 euros, así como el descuento que ha de aplicar el punto de venta, resultando una cuantía para los beneficiarios de al menos 3.000 euros.
    Requisitos  para acogerse  a las ayudas  Los vehículos susceptibles de acogerse al programa serán nuevos y deberán cumplir los siguientes requisitos:
    1.- Vehículos de turismo (categoría M1):
    Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos” según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.
    Eléctricos puros.Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
    2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
    Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
    Eléctricos puros.
    3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.
    4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.
    5.- Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez años (M1) / siete años (N1) desde su primera matriculación.
    6.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede  ser superior a los 25.000 euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida. Exclusivamente para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas, y para las personas discapacitadas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados, se eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los 30.000 euros, antes de IVA.
    Fuente: IDAE
    Compartir
    0

    Entradas relacionadas

    1 junio 2021

    1 junio 2021: en vigor las nuevas tarifas eléctricas que hacen más rentable el autoconsumo solar


    Leer más
    29 julio 2016

    Julio 2016: 36,1% de generación eléctrica renovable


    Leer más
    30 junio 2016

    Junio 2016: 42,3% de generación eléctrica renovable


    Leer más
    31 mayo 2016

    Mayo 2016: 55,1% de generación eléctrica renovable


    Leer más

    Deja una respuesta Cancelar la respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Categorías

    • Ahorro y eficiencia
    • Movilidad eléctrica
    • Panorama
    • Solar fotovoltaica

    Temas

    Análisis APP Autoconsumo Ayudas y subvenciones Balance Neto Baterías Biocombustibles Biomasa Compañías eléctricas Curiosidades Ecología Energía solar Eólica Ferias y Eventos Fotovoltaica Fotovoltaica Hidroeléctrica Hidrogeno Independencia energética Informes Innovacion LED Mar Medición energética Normativas Normativas Nosotros Nuclear Off Topic Opinión Red Electrica Renovables SmartGrid SolarEdge Solar térmica Termoeléctrica Tutoriales Vehiculos Electricos

    Últimos comentarios

    • Manuela Monreal Hernández en Novedoso revestimiento para paneles solares que repele el polvo
    • Alberto Aguirre en Novedoso revestimiento para paneles solares que repele el polvo
    • Francisco Távora en Atlas y mapas eólicos y solares
    • solfy en 1 junio 2021: en vigor las nuevas tarifas eléctricas que hacen más rentable el autoconsumo solar

    INSTALA TU AUTOCONSUMO CON:

    JUDELSA S.L. Calle Hermanas Bronte, 69 P. I. Guadalhorce – 29004 – MÁLAGA (+34) 952 344 258 | (+34) 644 225 113 info@energeticafutura.com
    © 2009-2021 - ENERGÉTICA FUTURA - JUDELSA S.L. - Todos los derechos reservados. Política de privacidad y aviso legal



    Utilizamos "cookies" para mejorar tu experiencia web. Navegando entendemos que estás de acuerdo. Aceptar Leer más
    Privacidad y política de Cookies

    Privacy Overview

    This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
    Necessary
    Siempre activado
    Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
    Non-necessary
    Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
    GUARDAR Y ACEPTAR