La nueva normativa, que fue pactada con los sectores eólico y termosolar el pasado mes de julio, supondrá un ahorro para el sistema de 1.100 millones hasta 2013.
Energía eólica
Desde el 1 de enero de 2013, estas instalaciones recuperarán los valores de las primas.
- ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA (nota de prensa)
La tecnología eólica, la más madura y consolidada de las renovables, va a ser la clave para cumplir el requisito de que el 20% del consumo europeo de energía proceda de fuentes renovables en 2020, tal y como exige la Directiva Europea conocida como 20-20-20, que es vinculante. El PANER enviado por el Gobierno a Bruselas el pasado verano contempla unos objetivos de 35.000 MW para eólica terrestre y 3.000 MW para la tecnología offshore en 2020. El sector eólico –el único que va a acabar 2010 en línea con los objetivos previstos en el PER 2005-10- advierte que sólo será capaz de hacer frente a los nuevos objetivos si la norma garantiza una rentabilidad razonable para los proyectos futuros y unos procedimientos administrativos adecuados y basados en la experiencia acumulada.
Asimismo, se ha acordado el retraso en la entrada en operación de las plantas termosolares con respecto a la fecha prevista en la ordenación de los proyectos presentados al pre-registro del Real Decreto-ley 6/2009, lo que provocará un ahorro para el sistema por diferimiento de coste que se estiman en lo siguiente:
- Reducción de horas
Tanto para la producción de energía eólica como para la termosolar se limitan las horas equivalentes de funcionamiento con derecho a prima o prima equivalente de las instalaciones, teniendo en cuenta las especificidades de las diferentes tecnologías y lo previsto en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 para el cálculo de las rentabilidades de las instalaciones.
Esta disposición no compromete la rentabilidad de las instalaciones existentes y se concibe como una medida racionalizadora del futuro desarrollo de estas tecnologías y también contribuirá a generar ahorros para el sistema eléctrico. Con la aplicación de un límite a las horas con derecho a primas se garantizará que la producción renovable por encima de lo esperada revierte en beneficio de los consumidores.
- Sistema canario
Dadas las características singulares del Sistema Eléctrico Canario, se ha considerado oportuno establecer un objetivo de potencia de 600 megawatios para esta Comunidad Autónoma. El régimen económico aplicable será el de tarifa regulada.
Puesto que la energía eólica desplazará a otras energías convencionales, que en Canarias, por su situación, tienen un mayor coste, el ahorro global estimado en los PGE, que financian este capítulo, es de 31,2 M€ a corto plazo (ascendiendo a 89,6 M€ al finalizar).
- ASOCIACIÓN PROTERMOSOLAR (nota de prensa)
La asociación de esta insdustria, manifiesta lo siguiente:
- Este Real Decreto culmina un proceso de negociación leal del sector de la solar termoeléctrica del que nos sentimos razonablemente satisfechos.
- La aprobación final de este acuerdo tiene más valor si cabe si se analiza el tenso escenario de opinión y las actitudes negativas que se han generado en los últimos meses en torno a nuestra tecnología y el sector de las renovables en general.
- Queda todo un camino por delante más allá del horizonte 2013 no exento de barreras y dificultades. Es fundamental que nuestro país sepa aprovechar las enormes posibilidades en términos económicos, sociales y medioambientales que la tecnología solar termoeléctrica ofrecerá en el futuro.
- Protermosolar expresa su agradecimiento tanto al Gobierno Central por su positiva actitud en relación a esta industria como a las propias Comunidades Autónomas por su constante apoyo, aspectos que han contribuido notablemente a que España ostente hoy su liderazgo mundial en tecnología solar termoeléctrica.
BOE Real Decreto 1614/2010 (descargar aquí)
Fuentes: Mityc , AEE , Protermosolar